Este miércoles, mientras se desarrollaba la radio abierta convocada por Agmer Paraná frente a la sede de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de Entre Ríos, se presentó el presidente del organismo, Gastón Bagnat, para aclarar los términos de la Resolución 2.168 y explicar que no se aplicaría a los beneficiarios de la jubilación ordinaria especial docente, motivo de la protesta.
Gobierno explicó la reglamentación del nuevo régimen jubilatorio docente
Ante reclamos de Agmer Paraná la Caja de Jubilaciones detalló la Resolución 1.772 que reglamenta la 2.168 y no afecta a docentes jubilados bajo régimen especial
Foto: UNO/Gonzalo Núñez
Gastón Bagnat aclaró los términos de la Resolución 2.168 y explicó que no se aplicaría a los beneficiarios de la jubilación ordinaria especial docente, motivo de la protesta convocada por Agmer Paraná.
Antes de la concentración, el secretario Adjunto de Agmer Paraná, Martín Tactagi explicó que en enero se habían enterado de la aplicación de la normativa que implicaba una interpretación general del artículo 41, relacionado con los requisitos y condiciones para la jubilación docente.
Por su parte la secretaria general de Agmer Paraná, Cristina Miño detalló que los requisitos para jubilarse como docente son: tener 52 años en el caso de las mujeres y 54 en el de los hombres, y contar con 25 años de aportes dentro del sistema educativo. "En enero, algunos compañeros iniciaron su trámite jubilatorio y les informaron que se aplicaría esta resolución. Rápidamente nos pusimos en alerta, ya que no corresponde su aplicación, dado que se refiere a aportes en cajas ajenas a la de la Provincia o de otros sectores de trabajadores", aclaró. "Esta movilización buscó que se emita una normativa escrita rectificando la aplicación de la Resolución 2168 en nuestro régimen jubilatorio especial", agregó Miño. Finalmente, Agmer Paraná logró que su pedido fuera atendido.
"Se detectaron desviaciones"
Durante la manifestación, Bagnat aclaró que de detectaron desviaciones y anomalías en personas cuya actividad principal no era la docencia, pero que utilizaban la edad y el régimen especial para obtener un haber jubilatorio basado en su otro empleo, con un sueldo mucho mayor.
Además señaló que la situación se originó por una resolución de 2004 que permitía este tipo de cálculo y que la Caja consideró necesario corregirla para proteger el régimen especial docente. "Durante las auditorías realizadas junto con la ANSES el año pasado, detectamos que el promedio de sueldo en el régimen especial era mucho más alto de lo que correspondía. Se trataba de personas que tenían un empleo principal y daban pocas horas cátedra en otro lado", explicó.
"Con la Resolución 2.168 se anularon estas irregularidades y se generó un nuevo criterio priorizando el docente y evitando que alguien que no tuviese la actividad docente como la esencial utilizara este sistema para jubilarse antes", indicó.
Bagnat aseguró que "todos los docentes que cumplen con los requisitos de edad y cantidad de horas frente a alumnos pueden jubilarse a los 52 o 54 años. Sin embargo, solo los docentes pueden sumar simultaneidad de cargos dentro del ámbito educativo". También aclaró que "hubo pocos casos que requirieron correcciones" y que "la Resolución 2168 se viene aplicando hace un año sin inconvenientes".
En ese sentido este miércoles se dictó la Resolución 1.772 que reglamenta la anterior. "Queremos llevar tranquilidad a los docentes y reafirmar el derecho al Régimen Especial Docente de la resolución 2.168. No será de aplicación a aquellos futuros beneficiarios que acrediten la línea docente pura, inclusive en el caso de existir servicios simultáneos docentes en el período liquidado. Y sí será de aplicación “para el caso que existan simultaneidad de otros regímenes no docentes”.
Bagnat explicó también que “en enero, por todas las licencias, los reemplazos y tal, se le aplicó equivocadamente a 3 o 4 casos puros de docencia la resolución, y eso es lo que generó la alerta. Cuando salta el tema, que nos enteramos estos días, rápidamente hacemos nosotros las reuniones en los departamentos jurídicos, donde bajamos línea de los criterios de las resoluciones, pedimos los casos para reverlos, los casos están en análisis, van a ser revertidos”.
"Queremos sacarles la preocupación, notificarlos que esos casos de docentes puros van a ser revertidos, y que no corren riesgo determinados casos que son los que a ellos les interesan. El resto, sí vamos a ponernos firme, porque precisamente lo que estamos haciendo es protegiendo el sistema del régimen especial, y que no sea utilizado con otras intenciones y que lo terminen destruyendo", dijo.
Finalmente, destacó que la Resolución 1.772 reglamenta la 2.168 para garantizar que el régimen especial docente se mantenga y aclaró que se atenderán casos particulares que surjan.
Luego de la aclaración el secretario gremial retomó la palabra: “ El camino es la calle. Esto demuestra que, cuando nos organizamos para luchar, ganamos. Es el camino correcto del colectivo docente organizado", expresó entre aplausos.