La Justicia de La Paz condenó a una pareja por el delito de venta de cocaína en la localidad de Santa Elena, en el departamento La Paz. Según registró UNO, la sentencia recayó sobre María Belén Paz, de 35 años, y Claudio Fernando Lezcano, de 31 años. En el caso, la particularidad es que la mujer fue considerada la autora principal del delito de narcomenudeo y recibió una pena mayor. En tanto, su pareja fue declarado partícipe secundario.
Una pareja condenada por vender droga en Santa Elena
La Justicia los sentenció por la comercialización de cocaína en Santa Elena. La mujer fue considerada la autora principal y el hombre, partícipe secundario.
La Justicia los sentenció por la comercialización de cocaína en Santa Elena. La mujer fue considerada la autora principal y el hombre, partícipe secundario.
Foto: Ilustrativa
La Justicia los sentenció por la comercialización de cocaínaen Santa Elena. La mujer fue considerada la autora principal y el hombre, partícipe secundario.
En el marco de un juicio abreviado, ambos reconocieron que entre el 4 de septiembre y el 18 de octubre de 2024 se dedicaron a la venta de cocaína, entregando las dosis en pequeñas cantidades a cambio de dinero. La sentencia fue emitida por el juez de Garantías Walter Carballo.
El hecho se desarrolló en el domicilio que ambos comparte, ubicado en el Barrio 25 de Mayo de la localidad del norte entrerriano.
Allí, los investigadores registraron frecuentes transacciones de droga, como demostró el trabajo de vigilancia de la Policía y las observaciones de la División Toxicología. La venta fue desmantelada el 18 de octubre de 2024 durante un allanamiento autorizado por el juez de Garantías de La Paz.
Cocaína
Entonces, se encontraron 18 envoltorios de nylon con una sustancia blanca, que resultó ser cocaína, con un peso total de 15,2 gramos.
La imputación formulada por el fiscal Facundo Barbosa, señala que “entre los días 4 de septiembre de 2024 y 18 de octubre de 2024, María Belén Paz se dedicó a la comercialización de sustancias estupefacientes (cocaína) en dosis fragmentadas para el consumo, recibiendo a cambio de la entrega de estas y como contraprestación sumas de dinero.”
Y agrega: “Dicha actividad se llevó a cabo en el domicilio X, del Barrio 25 de Mayo de la localidad de Santa Elena. Para llevar a cabo tal actividad contó con la participación secundaria del Sr. Claudio Fernando Lezcano quien ocasionalmente entregaba las dosis bajo la modalidad delivery”.
En el acuerdo de juicio abreviado, se remarcó que “los imputados comercializaban estupefacientes, lo cual se demuestra con las tareas de vigilancia realizadas por la Policía, secuestros efectuados en el respectivo domicilio, y las observaciones llevadas a cabo por parte de personal de la División Toxicología, que dan cuenta de la permanente afluencia de personas en el domicilio de los encausados”.
En la resolución se explicó que la mujer “ejerció la conducta delictiva por sí mismo y, en principio, sin colaboración alguna” con lo cual se concluyó que “su participación penal es en grado de autora”.
Por ello, María Belén Paz fue condenada a cuatro años de prisión efectiva. Sin embargo, se determinó que el arresto lo cumpla en su domicilio ya que es madre de un niño menor de cinco años. Su situación quedó bajo el control de la jueza de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad.
Además, se le impuso el pago de una importante multa de $4.680.000. De ese importe, no obstante, se le dedujeron $639.600 que le secuestraron en la causa.
Por su parte, Claudio Fernando Lezcano fue declarado partícipe secundario puesto que no tenía “el dominio del hecho principal”. “Sólo de manera esporádica puede ser identificado colaborando con la actividad”, sostuvieron las partes en el acuerdo que fue homologado por el juez.
Por esa razón, al hombre se lo condenó a dos años y ocho meses de prisión en ejecución condicional. Es decir, continuará en libertad con ciertas restricciones.
Tareas comunitarias
Entre las reglas de conductas aplicadas, se estableció que cumpla con tareas comunitarias durante tres años y abone una multa de $3.120.000, monto que incluye parte de los fondos secuestrados durante la investigación.
Al resolver, el juez tuvo en cuenta como elementos atenuantes el procedimiento de juicio abreviado, que los imputados reconocieron su culpabilidad por el hecho atribuido, la carencia de antecedentes penales y las cantidades de sustancias estupefacientes secuestradas.-